IEDGE – Capacidad de Endeudamiento


El riesgo de una empresa puede cuantificarse por el grado de variación que pueda sufrir su beneficio y por la posibilidad de que éste descienda por debajo de un nivel mínimo.

Los componentes de este riesgo se conocen como:

  • Riesgo operativo: Depende de la actividad principal de la empresa, de su estructura de activos o inversiones.
  • Riesgo financiero: Se debe a la forma en que se financia la empresa, siendo, por tanto, consecuencia de la estructura de financiación que se mantenga. (forma de financiación).

Una forma de evaluar el riesgo financiero es estimar su capacidad para hacer frente a los desembolsos exigidos por su estructura financiera = Capacidad de la empresa para hacer frente a todos los intereses que tiene que pagar.

Cobertura de intereses = BAII / Intereses

Un valor de este ratio inferior a la unidad indica que la rentabilidad económica resulta insuficiente para hacer frente a los intereses y, por tanto, habrá pérdidas. Cuanto mayor sea este ratio, mayor será la seguridad de poder atender los intereses.

Este ratio debe estar definido por la empresa es su política de endeudamiento. La cobertura de intereses debe de definirse anticipadamente, es decir, la empresa adoptará una política de endeudamiento de tal forma que la relación entre beneficio previsto e intereses a pagar no baje del valor estipulado. De este modo se cubrirá el riesgo de obtener pérdidas en el caso de que el beneficio real sea menor que el previsto.

No existe un valor óptimo de este ratio, deberá estar en función de la variabilidad de los beneficios de la entidad. Una empresa con beneficio estable puede tener un ratio de cobertura de intereses inferior que otra que experimente fuertes oscilaciones de su beneficio de un año a otro. En este caso, el ratio de cobertura debe incluir un margen, al objeto de cubrir los intereses en los años desfavorables, cuando el beneficio obtenido sea inferior al previsto.

El mayor inconveniente de este índice consiste en que la deuda no sólo hay que remunerarla, sino que también hay que amortizarla en los plazos convenidos. Si incorporamos al anterior ratio los pagos por amortización del principal, tenemos:

Cobertura de Desembolsos Financieros = BAII / [Intereses + Devolución Principal (1/1 – t)]

Siendo t = tipo impositivo aplicable al Bº de sociedades

El paréntesis del denominador se incluye para considerar el hecho de que la devolución de la deuda se efectúa con los fondos que quedan después de pagar impuestos.

Este ratio indica cuántas veces cubre el beneficio a los pagos derivados de la deuda. Un valor igual a la unidad indica que el beneficio es suficiente para pagar los intereses, los impuestos sobre beneficios y la devolución del principal.

La amortización es un componente del cash-flow de la empresa o fondos generados internamente por la misma. Por ello, el ratio de cobertura de desembolsos financieros puede corregirse incluyendo en el numerador la amortización anual. El cash-flow debe ser suficiente para hacer frente a los pagos financieros; lo contrario introduciría desequilibrios en la marcha financiera de la empresa. Así pues:

Cobertura de Desembolsos Financieros = Cash-Flow / Intereses + (Devolución de deuda / 1 –t*)]

Siendo Cash-Flow = BAII + Amortización

t* = t [BDI / (BDI + Amortización)

El tipo impositivo a aplicar sobre la devolución de deuda ya no coincide con el tipo impositivo sobre beneficios, pues la amortización no es imputable para el pago de impuestos.

Mientras el primero de los dos ratios de cobertura formulados pone su énfasis en la cuenta de explotación (ratio de cobertura de intereses), evaluando la posibilidad de incurrir en pérdidas, el segundo (en sus dos modalidades, se refiere a los de cobertura de desembolsos financieros) se centra fundamentalmente en el análisis de la liquidez de la empresa analizando el “colchón”, si existe, de tesorería generada frente a los desembolsos financieros. Lo que reste del beneficio (o del cash-flow) después de hacer frente a la deuda queda disponible para invertir o para distribuir dividendos.

Vamos a utilizar éste último ratio para determinar la cantidad de deuda que puede admitir una empresa.

Fijando en ratio mínimo aceptable de cobertura de desembolsos financieros tendríamos (m):

Desembolsos financieros máximos (dfm) = BAII / m

Compuestos de:

Intereses sobre la deuda antigua (ida) = Gtos. Financieros del período por intereses de deudas

 

Amortización de deuda antigua antes de impuestos (adaai)

Adaai = Deuda a devolver a CP / (1 – t)

Intereses deuda nueva (idn) = iD

Amortización nueva deuda (and) = [D / Plazo de devolución D] x [1 / (1 – t)]

Resultando como nuevo endeudamiento aceptable (D):

D = [(dfm – ida – adaai) / [i + [(1 / (Plazo)(1 – t)]]]

Podemos modificar los cálculos anteriores para incluir todos los ingresos y desembolsos fijos a los que se ha de hacer frente necesariamente:

  • Dividendos (mantenimiento de imagen): En el caso de no pagar los dividendos la reposición de la empresa en el mercado de valores se deterioraría considerablemente.
  • Inversiones de reposición (mantenimiento de capacidad de producción): Se tienen que incluir necesariamente para mantener la capacidad de producción y, por tanto, la situación de la empresa en el mercado,. Comprenden las referentes al activo fijo, así como el incremento del capital circulante que se origina en épocas de inflación aun cuando el número de unidades físicas vendidas permanezca constante. Además habrá que incluir el cash-flow generado.
  • Intereses de deuda
  • Amortización de deuda
  • Impuestos

Aquí estamos analizando la capacidad de la empresa para mantener su dimensión actual. Este ratio, más elaborado, que relaciona los fondos generados por la empresa con los desembolsos obligatorios, se calcula por:

Cobertura de Desembolsos Imprescindibles = Cash-Flow / (Intereses + Impuestos + Amort. Deuda +  Dividendos + Inversión reposición)

Es importante que los fondos generados por la explotación de los activos de la empresa permitan, al menos, mantener su dimensión actual, su nivel de operación, sin recurrir a nuevos fondos externos.

¡Sigan atentos!

 

Aurelio García del Barrio

Profesor de Dirección de Finanzas

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* Los contenidos publicados en este post son responsabilidad exclusiva del Autor.

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