IEDGE – Los Incoterms


Es cierto que el mundo está globalizado, las transacciones económicas entre países cada vez son más importantes y las empresas entienden que su mercado es todo el mundo, tanto para comprar como para vender. También es una realidad que las transacciones de productos físicos forman parte de la mayoría de los transportes internacionales, pero también es cierto que el comercio internacional de servicios se está incrementando de forma espectacular, sobre todo por parte de los países más avanzados.

Los Incoterm’s regulan la flujos físicos de mercancía, pero no están pensados para regular prestaciones de servicios.

¿Qué es lo que podrían regular los Incoterm’s? Se podría regular quien paga los materiales, fungibles o instrumentos que se pueden derivar de una prestación de servicios, quien se hace cargo de los gastos de manutención, quien paga los viajes, cuando se entiende el servicio por finalizado y se realiza la entrega, entre muchos otros aspectos.

Si nos centramos en el intercambio de mercancía hay determinados factores a tener muy en cuenta uno de ellos es que no son Términos de Transporte, son términos que regulan y fijan de alguna forma el acuerdo alcanzado entre proveedor y cliente dentro de un marco contractual como puede ser simplemente el pedido.

http://www.youtube.com/watch?v=lT71Jm-8ehI

Es uno de los elementos de negociación más claro a definir. De una buena elección del Término se puede tener o ceder no solo el costo de los gastos intermedios necesarios para el posicionamiento de la mercancía, también se ceden el control y la responsabilidad en cada uno de los pasos que tiene que seguir el producto de origen a destino.

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) es el Organismo que se encarga de su actualización mediante la recogido de casos, consultas, propuestas, etc. que son analizadas por un grupo de expertos a nivel mundial ocasionando con ellos la adaptación de los Términos a la nueva realidad del comercio internacional.

La última actualización es la Incoterm 2010 que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2011 y hay que tener en cuenta que las actualizaciones son publicadas cada 10 años por la tanto para la próxima versión tendremos que esperar hasta 2020 que será efectiva para el 2021.

Las nuevas realidades de comercio electrónico, prestación de servicios en un mundo global, las mejoras en los medios y modos de transporte seguramente serán clave para definir nuevos términos y posiblemente eliminar otros como ha sucedido en la última versión.

Es cierto que los Términos no son otra cosa que recomendaciones de uso por parte de la CCI pero la realidad es que son imprescindibles para realizar trámites tan importantes como Despachos de Aduana, Solicitudes y Aperturas de Cartas de Crédito, Remesas documentarias. Etc.

Antes cualquier litigio que pueda producirse en una operación de Comercio Exterior lo primero que seguramente tendrán en cuentas las estancias judiciales correspondientes y designadas para resolver es el pedido de compraventa con el Incoterm claramente indicado.

Hay que tener en cuenta una cosa muy importante en el momento de poner el Incoterm que se haya decidido utilizar como consecuencia de los acuerdos comerciales y es el punto geográfico de cesión y traspaso de la responsabilidad sobre la mercancía y la propiedad de la misma así como la fecha elegida para ello.

1.- Novedades en los Incoterms 2010

Los Incoterms han sido categorizados en dos grupos: aquellos que se pueden producir en cualquier tipo de transporte (“Any mode of transport”) o también conocidos como multimodales o polivalentes y aquellos que sean transportados por el mar o vías navegables de interior (“Sea and Inland Waterway Transport Only”). De esta manera se simplifica su clasificación:

  • Multimodales: EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DAT y DDP
  • Marítimos o vías navegables: FAS, CFR, CIF y FOB

Si alguno conocía la anterior lista de 2000 habrán notado la desaparición de los siguientes códigos:

  • DES (Delivered Ex Ship)
  • DAF (Delivered At Frontier)
  • DEQ (Delivered Ex Quay)
  • DDU (Delivered Duty Unpaid)

Hay dos nuevos Incorterm’s entre los multimodales:

  • El DAT (Delivered At Terminal) se sitúa como código polivalente aunque puede aplicarse al transporte marítimo, en cuyo caso se marca la entrega en el muelle del puerto de destino después de haber descargado la mercancía del buque.
  • En el caso del DAP (Delivered At Place). La entrega se realizada en algún punto del país destino acordado por ambas partes y especificado documentalmente.

Gráficamente podemos ver las características de los actuales Incorterm’s:

Sigan atentos,

Alejandro Orosa

Profesor de Dirección de Marketing

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* Los contenidos publicados en este post son responsabilidad exclusiva del Autor.

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Comentarios


  1. Francisco Rodríguez
    comento el día 02 de abril a las 12:53 am (#)


    Hola Alejandro.!!
    Que interesante información. Incluso si recurrimos a expertos para nuestras transacciones de características internacionales, que importante conocer las nuevas tendencias y como afirmas estar muy atentos a las posibles novedades con las nuevas modalidades de comercio.
    Gracias por la información.

    Saludos.


  2. Alejandro Orosa
    comento el día 18 de abril a las 11:50 am (#)


    Bueno en este caso los Incoterm’s se actualizan cada 10 años… por lo tanto tenemos un largo periodo por delante para poder avanzar en su conocimiento y su aplicación más interesante para ambas partes.
    Es una parte impotante de la negociación con proveedores o clientes sobre todo teniendo en cuenta que el control y gestión de los tramos de la Cadena de suministro aportan una información de muy alto valor para eliminar incidencias.
    Apostemos por aquellos que nos interesan de cara al servicio y al precio final… sin olvidar el resto… siempre es importante conocerlos todos.
    Un abrazo Francisco.


  3. Raul Candia
    comento el día 17 de enero a las 9:33 pm (#)


    Gracias por la información es realmente muy importante conocer los incoterms para todos los que realizan importaciones desde otros países a todos ellos les comparto sobre los incoterms 2013: http://ferias-internacionales.com/blog/incoterms-2013/ espero que les sea de mucha utilidad.


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